Novedades Laborales Agosto 2023

Sep 6, 2023 | Noticias

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En el mes de agosto de 2023 se encuentran tres novedades laborales que las empresas deben tener en cuenta, esto es, que el Ministerio del Trabajo ordenó a los empleadores cuya autorización de horas extras es “indefinida” su actualización, al tiempo que también revocó la guía para la identificación de actividades de alto riesgo y, por otra parte, la Corte Constitucional se pronunció frente al derecho de desconexión laboral de los trabajadores de dirección confianza y manejo.

¡Comencemos!

 

1. Obligación de actualizar las autorizaciones para laborar horas extras que no cuenten con término de vigencia específico.

 

El Ministerio del Trabajo mediante la Resolución 3031 del 30 de agosto de 2023, ordena a los empleadores que en la actualidad cuentan con una autorización para laborar horas extra que no tenga término de vigencia específico, actualizarla dentro de los 6 meses siguientes, advirtiendo que superado este término las autorizaciones que no hayan sido objeto de actualización perderán vigencia, sin perjuicio de las sanciones legales a las que haya lugar.

Lo anterior, trayendo a colación que con anterioridad al año 2014 algunas Direcciones Territoriales de esta Cartera expidieron autorizaciones para laborar horas extra con temporalidad indefinida, evidenciándose que dichas empresas se encuentran en una posición privilegiada frente a otras que deben acudir a la Entidad cada 2 años, lo que configura una vulneración al derecho de igualdad.

Al respecto, el anexo técnico No. 1 del Ministerio del Trabajo (Procedimiento Administrativo General IVC-PD-05-AN-01), relacionado con el proceso de Inspección, Vigilancia y Control del Ministerio del Trabajo, establece que la vigencia de la autorización para el trabajo suplementario dependerá de las necesidades de la empresa; sin embargo, no podrá superar los 2 años.

En ese sentido, esta Cartera concluye que ninguna autorización podrá tener una vigencia indefinida, dado que esto no permite que se lleve un control efectivo del impacto de los permisos respecto la jornada de trabajo, así como sus efectos en la salud de los trabajadores.

Finalmente, se precisa que esta medida responde a pronunciamientos de la Comisión de Expertos de la OIT presentados a Colombia respecto de los convenios ratificados, indicando la necesidad de establecer límites de las horas trabajadas por día y al trabajo suplementario tanto semanal como anual.

Para conocer esta norma, haz clic aquí.

 

2. Derecho de Desconexión Laboral para trabajadores de Dirección, Confianza y Manejo.

 

Mediante Comunicado de Prensa D-15123 la Corte Constitucional reiteró que la desconexión laboral configura un derecho humano de todos los trabajadores, incluidos los de dirección, confianza y manejo.

Explicó la Corporación que la desconexión laboral implica una dimensión del descanso y a la par un límite al poder subordinante del empleador, lo que permite concretar otras garantías como la salud de los trabajadores, la disposición del tiempo libre y la conciliación de la vida laboral con la personal y familiar, prerrogativa que debe ser extensible a todo tipo de empleos. garantizándose un descanso diario y semanal.

Así, se aclaró que, si bien los trabajadores de dirección confianza y manejo no se encuentran sometidos a la jornada ordinaria o máxima legal, esto no los excluye del goce del derecho de la desconexión laboral, sino que, contrario sensu, este deberá atender criterios de necesidad y proporcionalidad, considerándose las funciones y condiciones propias del cargo.

En ese sentido, la Sala Plena del máximo órgano constitucional resolvió la demanda de inconstitucionalidad que se presentó contra el literal a) del artículo 6 de la Ley 2191 de 2022, declarándola exequible en el entendido que los trabajadores que desempeñen cargos de dirección, confianza y manejo tienen derecho a la desconexión laboral, debiéndose considerar en estos casos criterios de necesidad y proporcionalidad de acuerdo con la naturaleza de sus funciones y las condiciones propias de su vinculación laboral y sin que en todo caso se esté atado al límite de la jornada laboral.

Sin perjuicio de lo anterior, es importante tener en cuenta que aún no ha sido publicada la sentencia con las consideraciones y pronunciamiento resolutivo.

Encuentra aquí el comunicado de prensa.

 

3. Se revoca la guía para la identificación de Actividades de Alto Riesgo contenida en la Resolución 2023 de 2022.

 

A través de la Resolución 2851 del 22 de agosto de 2023, el Ministerio del Trabajo en aplicación de la revocatoria directa, revocó la Resolución No. 3032 de 2022 por medio de la cual se expuso la guía para la identificación de Actividades de Alto Riesgo definidas en el Decreto 2090 del 2023.

La medida se acogió al identificarse que la disposición normativa no solo era contraria al Decreto de mayor jerarquía, sino que podía generar la no obligatoriedad para los empleadores de salvaguardar las condiciones contempladas en el Decreto 2090 de 2003; esto al haberse creado con la guía aspectos no reglamentados en materia de higiene industrial, estrategia de muestreo y metodologías de investigación, entre otros.

Así, el Decreto 2090 de 2003 establece que el empleador debe identificar qué trabajadores están expuestos a las actividades de alto riesgo; empero, sin adicionar procedimientos o requisitos como los que fueron establecidos en el anexo técnico de la Resolución.

El texto de la norma lo encontraras dando clic aquí.

 

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