La evaluación de riesgo psicosocial en Colombia

Nov 1, 2023 | Noticias

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Desde Álvarez Liévano Laserna, queremos enfatizar la creciente importancia que la salud mental ha adquirido dentro del ámbito laboral en las últimas décadas. Esta emergente preocupación se fundamenta en el crecimiento de los diagnósticos relacionados con riesgos psicosociales a los que podrían estar sujetos los trabajadores en sus respectivos ambientes de trabajo.

Para abordar y gestionar adecuadamente estos riesgos, se ha creado la Batería de Riesgo Psicosocial, herramienta que trasciende más allá de su carácter mandatorio. Es esencial para las organizaciones comprender su estructura y propósito, no solo porque su implementación es un requerimiento legal, sino principalmente por sus objetivos preventivos y de intervención. Estos objetivos buscan no solo identificar potenciales amenazas para la salud mental de los empleados, sino también proponer medidas correctivas y preventivas para asegurar un ambiente de trabajo seguro y saludable.

Entendiendo el riesgo psicosocial

Desde una perspectiva jurídico-laboral, es imperativo que las organizaciones comprendan la magnitud y las implicaciones asociadas a los riesgos psicosociales en el entorno laboral.

Estos riesgos, intrínsecamente vinculados a la estructuración, contenido y ejecución de las actividades laborales, tienen el potencial de desencadenar consecuencias tanto físicas como psicosociales, originadas a partir de aspectos como la administración del trabajo, relaciones interprofesionales, roles laborales asignados y adaptaciones organizacionales. En el plano empresarial, estos riesgos se manifiestan en términos de ausentismo, rotación elevada, incapacidades médicas y disminución en la productividad.

En el contexto colombiano, la evolución laboral desde la era industrial hasta la era digital ha conllevado a una mayor conciencia respecto a la salud mental en el ámbito laboral, razón por la cual se han promulgado normas y herramientas especializadas. 

En ese sentido, es menester destacar la Batería de Riesgo Psicosocial, instrumento orientado a la identificación y adecuada gestión de estos riesgos.

De la evaluación de factores del riesgo psicosocial en el trabajo (Resolución 2646 de 2008 y 2404 de 2019)

El Ministerio de la Protección Social (Hoy Ministerio del Trabajo) expidió la Resolución 2646 de 2008, referente al monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo, así como el estudio y determinación de origen de patologías presuntamente causadas por estrés ocupacional.

Para tal efecto, estableció la evaluación de factores psicosociales del trabajo que comprenden la identificación tanto de factores de riesgo como de los factores protectores, con el fin de establecer acciones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad en la población trabajadora. En ese sentido, la Resolución señaló en su artículo 10 que “(…) los factores psicosociales deben ser evaluados objetiva y subjetivamente, utilizando los instrumentos que para el efecto hayan sido validados en el país”.

A efectos de brindar a los empleadores herramientas para su implementación diseñó una batería de instrumentos de evaluación de los factores de riesgo psicosocial. No obstante, el Ministerio de Trabajo identificó que las empresas se encontraban realizando procesos de evaluación de estos factores de riesgo a través de instrumentos y metodologías que no han sido validadas a nivel nacional e, igualmente, que no estaban desarrollando actividades de intervención y control, ya que no contaban con lineamientos, y procedimientos unificados para el desarrollo de esas actividades.

Así las cosas, con el fin de brindar las herramientas adecuadas e instrumentos unificados para la evaluación de factores de riesgo psicosocial de los trabajadores en Colombia, el Ministerio de Trabajo expidió la Resolución 2404 del 22 de julio de 2019.

Resolución 2404 de 2019 sobre la Batería de Instrumentos para Evaluación de Factores de Riesgo Psicosocial

El Ministerio del Trabajo mediante la mencionada Resolución 2404 advirtió que deben tenerse como referentes técnicos obligatorios para la identificación, evaluación e intervención de los factores de riesgo psicosocial los siguientes Instrumentos de Evaluación y Guías de Intervención: (i) La Batería de Instrumentos para la Evaluación de Factores de Riesgo Psicosocial (ii) la Guía Técnica General para la Promoción, Prevención e Intervención de los Factores Psicosociales y sus efectos en la población trabajadores; (iii) Los protocolos específicos enumerados en el artículo 1° de la Resolución.

En ese orden, los puntos más relevantes de la Resolución son:

1) Ámbito de aplicación: En términos generales aplica a todos los empleadores públicos y privados y para los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo.

2) Los instrumentos son de obligatorio cumplimiento, de libre acceso y gratuitos.

3) Periodicidad: a) Las empresas que han identificado un nivel de factores psicosociales nocivos evaluados como de alto riesgo deben realizar la evaluación de forma anual; b) Las empresas las cuales se ha identificado un nivel de riesgo medio o bajo deben realizar la evaluación correspondiente como mínimo cada dos años.

4)    Se señalan los cuestionarios que conforman la Batería y que deben ser utilizados para las evaluaciones e, igualmente, las Guías de análisis psicosocial que hacen parte de la Batería y que deben ser utilizadas para las evaluaciones a profundidad de los factores de riesgo (artículo 4 Resolución 2404 de 2019).

5)    La aplicación de los cuestionarios debe realizarse garantizando la reserva y la confidencialidad de la información.

Para los efectos, se señaló en la Resolución que los Instrumentos de Evaluación y Guías de Intervención se encontrarán publicados en la página web www.fondoriesgoslaborales.gov.co.

Posibilidad de aplicar la Bateria de Riesgo Psicosocial de forma virtual

Una de las inquietudes más recurrentes es sobre la posibilidad de aplicar esta herramienta de manera virtual, dada las facilidades de la tecnología con las que se cuentan hoy en día.

En un primer momento, el Ministerio del Trabajo mediante concepto No. 02EE2017410600000054818 del 2017 señaló que la Batería de Riesgo Psicosocial “debe ser aplicada utilizando lápiz y papel. No se ha autorizado otra forma de aplicación, en ningún caso de manera virtual”.

Posteriormente, con la expedición de la Resolución 2404 de 2019, en el parágrafo del artículo 4º se precisó:

“Parágrafo: A partir del momento en el que el Ministerio del Trabajo publique en la página web del Fondo de Riesgos Laborales el software para la aplicación de la Batería de Instrumentos de Evaluación de Factores de Riesgo Psicosocial, los empleadores o contratantes podrán aplicarlo de manera virtual siempre y cuando cumplan con los criterios de seguridad de  información establecidos para este fin”.

En el mes de febrero del 2022, mediante concepto con radicado No. 08SE2022310200000003848, el Ministerio afirmó que “se está trabajando en la elaboración del software para aplicación virtual de la batería, señalado en la Resolución 2404 de 2019, pero no es posible dar una fecha específica de publicación del mismo, ya que se encuentra en proceso de elaboración y ajustes pertinentes para la publicación”.  Posteriormente, en julio de 2022, el Ministerio expidió la Resolución 2764, en la cual ratificó en el parágrafo del artículo 4° que la aplicación virtual se permitiría a empleadores o contratantes cuando fuera publicado el software y se garantizara la seguridad de la información.

Sin embargo, mediante Concepto bajo radicado No. 08SE202331020000001484 del mes de abril de 2023, el Ministerio del Trabajo nuevamente volvió a reiterar que en la actualidad la batería debe ser aplicada “en papel y lápiz y siguiendo las instrucciones establecidas en los manuales del usuario”.

Sanciones

El incumplimiento de las obligaciones expuestas será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 del Decreto 1295 de 1994 y el artículo 13 de la Ley 1562 de 2012, en armonía con el Capítulo 11 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015. Así, la investigación administrativa y la sanción económica serán competencia de las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo.