El Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución 666 de 2020 adoptó el protocolo general de bioseguridad, contenido en el anexo técnico, que deberá ser adoptado e implementado por todas las actividades económicas, sociales y sectores de la administración pública, a excepción del sector salud.
Anexo técnico
Orientar las medidas generales de bioseguridad en el marco de la pandemia, para adaptar en los sectores diferentes al sector salud, con el fin de disminuir el riesgo de transmisión del virus.
Prevención y manejo de situaciones de riesgo de contagio
La empresa debe proveer los mecanismos que eviten la transmisión indirecta del virus a través de elementos contaminados (superficies de trabajo, máquinas, EPP, dotación etc.) y garantizar estrategias que limiten la transmisión directa por contacto.
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