Las pausas activas en el trabajo han ganado protagonismo en los últimos años como una estrategia eficaz para prevenir enfermedades laborales y mejorar el bienestar de los trabajadores. Pero más allá de sus beneficios, surgen preguntas clave: ¿es obligatorio que los empleadores las implementen?, ¿qué dicen las normas laborales al respecto? En este artículo analizamos el fundamento legal, los criterios que la Corte Constitucional ha tenido en cuenta y las recomendaciones más importantes para su adecuada aplicación en el entorno laboral.
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¿Qué son las pausas activas en el trabajo?
Las pausas activas en el trabajo son breves sesiones de actividad física que se realizan durante la jornada laboral con el fin de interrumpir largos periodos de sedentarismo. Se trata de ejercicios cortos que pueden incluir estiramientos, movilidad articular, ejercicios cardiovasculares o de respiración, y están diseñados para activar el cuerpo, despejar la mente y reducir el impacto negativo de las posturas prolongadas o los movimientos repetitivos.
No deben confundirse con tiempos de descanso o recreación, ya que las pausas activas laborales tienen un enfoque preventivo en salud ocupacional. De hecho, son parte de las estrategias del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) para promover ambientes laborales saludables. Entre las variantes más efectivas se encuentran las pausas activas dinámicas, que integran movimientos más energéticos y participativos, aumentando su impacto en la reducción del riesgo cardiovascular y en la mejora del estado de ánimo de los trabajadores.
Origen de la obligación del empleador de incorporar pausas activas en la jornada laboral
El artículo 5 de la Ley 1355 de 2009, en el marco de las estrategias para promover la actividad física señala que:
“El Ministerio de Protección Social reglamentará mecanismos para que todas las empresas del país promuevan durante la jornada laboral pausas activas para todos sus empleados, para lo cual contarán con el apoyo y orientación de las Administradoras de Riesgos Profesionales.”
Al respecto, cabe destacar que estas medidas se aplican en el contexto laboral y durante la jornada de trabajo.
Naturaleza de las pausas activas en el trabajo
Ahora bien, y teniendo en consideración que no existe una definición legal o reglamentaria de las pausas activas, su conceptualización puede apoyarse en fuentes orientadoras como el “ABECÉ Pausas activas” elaborado por el Ministerio de Salud y Protección Social, el cual ha sido referido por la Corte Constitucional en la Sentencia T-073 de 2025, en donde se establece que:
“Son sesiones de actividad física desarrolladas en el entorno laboral, con una duración continua mínima de 10 minutos, que incluye adaptación física cardiovascular, fortalecimiento muscular y mejoramiento de la flexibilidad, buscando reducir el riesgo cardiovascular y las lesiones musculares por sobreuso asociadas al desempeño laboral”.
Además, este documento señala que las pausas activas no deben limitarse a simples estiramientos, sino que deben incorporar ejercicios de fuerza y cardiovasculares. Esto, con el objetivo de:
- Reducir patologías laborales por posturas prolongadas o movimientos repetitivos (síndromes por sobreuso).
- Disminuir actitudes sedentarias.
- Prevenir enfermedades no transmisibles asociadas al sedentarismo (ENT).
- Promover el bienestar físico, mental y social de los trabajadores.
Marco normativo aplicable
Si bien este mecanismo no ha sido reglamentado como lo dispone la Ley de 2009, su implementación encuentra sustento normativo en diversas disposiciones que consagran el deber del empleador de garantizar la salud y seguridad en el trabajo, así como la obligación correlativa del trabajador de velar por su propio bienestar:
- Normativa general:
- Artículo 56 del Código Sustantivo del Trabajo (CST): Establece como deber general del empleador la protección de la seguridad del trabajador.
- Numeral 2, Artículo 57 del CST: Establece como obligación la garantía de salud y seguridad en el trabajo.
- Ley 100 de 1993: Regula el alcance del Sistema General de Riesgos Laborales.
- Artículo 1, Ley 1562 de 2012: Define el Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL) como el conjunto de normas, entidades y procedimientos destinados a prevenir y atender los riesgos laborales.
- Artículo 2.2.4.6.10, Decreto 1072 de 2015: Establece las responsabilidades de los trabajadores dentro del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), entre ellas, la participación en las actividades de capacitación y prevención. Este deber se articula con la implementación de pausas activas como actividades preventivas recomendadas.
- Artículo 91, literal b), Decreto 1295 de 1994: Señala que el grave incumplimiento por parte del trabajador de las normas de prevención de riesgos puede constituir justa causa de despido.
- Normativa específica:
- Artículo 5, Ley 1355 de 2009: Establece que los empleadores, con el apoyo de las Administradoras de Riesgos Profesionales deben implementar estrategias para promover la actividad física en el entorno laboral, entre las que se destacan las pausas activas.
- Circular 041 de 2020: Señala lineamientos respecto del trabajo en casa, como que los empleadores deben promover espacios que permitan a los trabajadores realizar pausas activas, de higiene y de protección de la salud y garantizar un descanso mínimo entre reuniones continuas. Asimismo, el trabajador deberá acatar dichas pautas y velar por su autocuidado.
- Jurisprudencia constitucional: Sentencia T-073 de 2025
En esta reciente sentencia, la Corte Constitucional resolvió un caso en el que un trabajador fue despedido por negarse a participar en pausas activas que incluían baile con música secular, alegando razones religiosas. Esta situación conllevó a la apertura de un proceso disciplinario, en virtud del cual la empresa consideró que esta negativa constituía un incumplimiento de medidas de seguridad y salud en el trabajo.
En esta sentencia la Corte hizo un análisis normativo de las pausas activas, haciendo hincapié en que estas deben ser garantizadas por el empleador y de manera recíproca el trabajador debe realizarlas.
Ahora y si bien el análisis de la Corte y el motivo de la acción de tutela se circunscribió a debatir la justeza de un despido, el Alto Tribunal realizó algunas presiones sobre las pausas activas, a saber:
- Como se observa, las pausas activas deben ser garantizadas por el empleador y hacen parte de los deberes que este tiene en relación con la protección de la salud y la seguridad del trabajador durante la jornada laboral. Para ello, además, las administradoras de Riesgos Profesionales también deben prestar su apoyo y orientación.
- En suma, el Sistema General de Riesgos Laborales tiene por objetivo mejorar la seguridad y salud de los trabajadores en sus contextos laborales. Dentro de este, una de las obligaciones del empleador consiste en conceder espacios de pausas activas dentro de la jornada de trabajo con el fin de promover la seguridad y salud en el trabajo. A la par, la realización de las pausas activas es una obligación del trabajador.
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Concepto del Ministerio de Trabajo 02EE20184106000000073509 de 2019
El Ministerio de Trabajo abordó expresamente el tema de las pausas activas, señalando que forman parte de la jornada laboral, en tanto se relacionan directamente con la obligación del empleador de proteger la salud y la seguridad del trabajador durante el tiempo de trabajo. La cual se encuentra respaldada por la Ley 1562 de 2012, cuyo artículo 1° define el concepto de salud ocupacional — Seguridad y Salud en el Trabajo (SST)— como un conjunto de actividades orientadas a mejorar las condiciones del ambiente laboral y a promover, mantener y preservar el bienestar físico, mental y social de los trabajadores. Tal y como lo indicó en la sentencia citada en el numeral segundo.
Importancia de las pausas activas
La importancia de las pausas activas en la oficina no debe subestimarse. Estas actividades ayudan a prevenir dolencias musculoesqueléticas, reducen el estrés, aumentan la concentración y mejoran el estado de ánimo de los empleados. Además, disminuyen el ausentismo laboral y fomentan un mejor clima organizacional.
Estudios han demostrado que dedicar al menos 10 minutos diarios a pausas activas en el trabajo mejora la productividad y disminuye el riesgo de enfermedades asociadas al sedentarismo. Su incorporación regular puede convertirse en una de las estrategias más efectivas para promover la salud laboral y el rendimiento colectivo, especialmente en entornos donde predominan tareas repetitivas o prolongadas frente al computador.
Recomendaciones finales para implementar pausas activas en el trabajo
- Establecer horarios definidos: Idealmente una o dos veces al día, en bloques de 10 a 15 minutos, ajustados a la dinámica de cada área.
- Capacitación y liderazgo: Nombrar a un encargado que lidere las sesiones de pausas activas dinámicas, y capacitarlo en salud ocupacional.
- Variedad y participación: Incluir distintos tipos de ejercicios y fomentar la participación voluntaria pero constante de los trabajadores.
- Ambiente adecuado: Realizar las pausas activas en espacios seguros, con buena ventilación y, si es posible, en zonas diferentes al puesto de trabajo.
- Apoyo institucional: Incluir las pausas activas laborales en el reglamento interno de trabajo y en las políticas de bienestar empresarial.
Implementar pausas activas en el trabajo no solo es una buena práctica de salud laboral, sino una estrategia respaldada por la normativa vigente, con beneficios comprobados para empleadores y empleados.

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