Licencia de Paternidad
La licencia de paternidad es un derecho irrenunciable que permite al padre trabajador acompañar al recién nacido. Actualmente, según la Ley 2114 de 2021, su duración es de dos (2) semanas calendario remuneradas, aplicables tanto a padres biológicos como adoptantes.
Para una gestión correcta, es vital recordar que el pago es responsabilidad de la EPS y el requisito principal para su trámite es la presentación del Registro Civil de Nacimiento ante el empleador dentro de los 30 días siguientes al parto. A continuación, detallamos los aspectos normativos y operativos para garantizar el cumplimiento legal en su organización.
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¿Cuánto dura la licencia de paternidad en 2025?
Actualmente y conforme a lo dispuesto en la Ley 2114 de 2021, el tiempo de licencia de paternidad en Colombia es de dos (2) semanas calendario remuneradas. Este beneficio aplica para:
- Padres biológicos de hijos nacidos de su cónyuge o compañera permanente.
- Padres adoptantes.
Este beneficio está condicionado a que el padre cumpla con los requisitos establecidos para su reconocimiento en las normas vigentes.
¿Quién paga la licencia de paternidad?
El pago de la licencia de paternidad es responsabilidad de la EPS a la que se encuentre afiliado el trabajador. El empleador debe realizar el pago inicial al colaborador y posteriormente tramitar el recobro ante la entidad de salud, la cual reconocerá el valor económico siempre que se cumplan los requisitos legales de afiliación y cotización.
Es fundamental notar que la prestación se reconoce de forma proporcional a las semanas cotizadas por el padre durante el periodo de gestación. Esto implica que, si el trabajador no cotizó la totalidad del embarazo, la EPS pagará un monto equivalente al tiempo efectivamente aportado, evitando así cargas económicas imprevistas para la empresa.
- El trabajador debe estar afiliado y al día en sus aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
- Debe presentar a su EPS el registro civil de nacimiento del menor, dentro de los 30 días siguientes al nacimiento.
- Para casos de adopción, se deberá presentar el acta de adopción.
Adicionalmente, si se opta por licencias complementarias como la parental compartida o la flexible por tiempo parcial, se deben cumplir condiciones específicas adicionales y presentar certificación médica, acuerdos entre las partes y formalización escrita ante los empleadores.
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Trámites y gestión de la licencia por parte del empleador
El empleador tiene un rol clave, pues es el encargado del reconocimiento inicial y tramitación de la licencia de paternidad ante la EPS para el recobro de la misma. Para ello, es importante:
- Verificar que el trabajador cumpla con los requisitos establecidos: Esta verificación permite garantizar que el colaborador cumple con las condiciones exigidas por la ley, lo que previene rechazos o demoras.
- Estar atento a las solicitudes de certificados médicos, acuerdos escritos y fechas de inicio y fin de la licencia: Esta vigilancia ayuda a evitar omisiones en la documentación requerida, asegurando que el proceso avance de forma fluida y conforme a la norma.
- Dar respuesta dentro de los plazos legales: 5 días hábiles en caso de solicitudes de licencias compartidas o flexibles. Cumplir con los tiempos establecidos evita sanciones y demuestra una gestión eficiente del recurso humano.
Marco legal de la licencia de paternidad en Colombia
La ley de licencia de paternidad en Colombia ha tenido una evolución significativa:
- Ley 50 de 1990: contemplaba la posibilidad de ceder una semana de la licencia de maternidad al padre. Esta norma permitió por primera vez que el padre pudiera disfrutar de una parte del tiempo de la madre, aunque no reconocía una licencia exclusiva para él.
- Ley María (Ley 755 de 2002): Se creó en Colombia la licencia exclusiva de paternidad de ocho días hábiles remunerados, reconociendo por primera vez el derecho del padre trabajador a ausentarse del trabajo para acompañar el nacimiento de su hijo. Esta licencia debía solicitarse presentando el registro civil de nacimiento y era financiada por el sistema de seguridad social en salud. Con esta norma se buscó fortalecer la corresponsabilidad familiar y garantizar el acompañamiento del padre en los primeros días de vida del recién nacido, avance introducido por la Ley María 2002.
- Ley 2114 de 2021: amplía la duración a dos semanas, crea la licencia parental compartida y la licencia parental flexible por tiempo parcial. Esta ley consolidó un marco moderno de corresponsabilidad parental, brindando nuevas opciones para que ambos padres se involucren activamente en los primeros días del recién nacido.
Esta última es la normativa vigente aplicable en 2025, respaldada por el Ministerio de Trabajo y de obligatorio cumplimiento.
¿Qué son la licencia parental compartida y la licencia parental flexible por tiempo parcial?
Además de la licencia de paternidad tradicional, la Ley 2114 de 2021 introdujo dos modalidades adicionales que buscan promover la corresponsabilidad entre padres:
Licencia parental compartida:
Esta figura permite que la madre y el padre acuerden cómo distribuir las últimas seis (6) semanas de la licencia de maternidad, una vez que la madre haya tomado las doce (12) primeras semanas de manera obligatoria. Para que esta distribución sea válida, ambos padres deben firmar un acuerdo por escrito y presentarlo ante sus empleadores dentro de los 30 días posteriores al nacimiento del menor, junto con el registro civil de nacimiento. Además, el médico tratante debe autorizar por escrito el acuerdo de los padres, a fin de garantizar la salud de la madre y el recién nacido.
Por último, los padres deberán presentar ante el empleador un certificado médico, en el cual debe constar: (i) El estado de embarazo de la mujer; o una constancia del nacimiento del menor; (ii) La indicación del día probable del parto, o la fecha del nacimiento del menor; y (iii) La indicación del día desde el cual empezarían las licencias de cada uno.
La licencia parental compartida también se aplicará con respecto a los niños prematuros y adoptivos, teniendo en cuenta la Ley 2114 de 2021.
Licencia parental flexible por tiempo parcial:
Esta modalidad permite que el padre y/o la madre cambien una parte de su licencia por un esquema de trabajo de medio tiempo, durante un periodo equivalente al doble del tiempo correspondiente. Por ejemplo, una semana de licencia puede convertirse en dos semanas de trabajo de medio tiempo. Para acceder a esta figura, se requiere de un acuerdo suscrito con el empleador, el registro civil del menor y un certificado médico que contenga lo señalado en la Ley 2114. El padre puede iniciar este esquema antes de la segunda semana de su licencia, y la madre no antes de la semana trece de su licencia de maternidad. El empleador debe responder a la solicitud en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles.
Estas dos licencias complementarias son herramientas valiosas para flexibilizar el acompañamiento a la crianza del recién nacido, siempre que se gestionen con oportunidad, acuerdo mutuo y soporte documental adecuado.
Ventajas estratégicas al aplicar correctamente la licencia de paternidad
La correcta aplicación de la licencia de paternidad genera las siguientes seis ventajas competitivas y legales para las empresas en Colombia
- Cumplimiento legal ante los entes de control.
- Buen clima laboral y retención de talento.
- Una gestión de personal alineada con la normativa laboral vigente.
- Mejora la reputación corporativa.
- Permite anticiparse a riesgos legales y evitar sanciones.
- Fortalece la confianza del talento humano en la organización y su política de bienestar.
Preguntas frecuentes sobre licencia de paternidad en Colombia
¿Cuánto dura la licencia de paternidad y a quiénes aplica?
La duración es de dos (2) semanas calendario remuneradas. Aplica para padres biológicos de hijos nacidos de su cónyuge o compañera permanente y para padres adoptantes. Es un derecho irrenunciable que busca el acompañamiento del recién nacido.
¿Cómo se liquida y quién paga la licencia de paternidad?
Se liquida con base en el salario que el trabajador esté devengando al momento de iniciar la licencia. El pago lo reconoce la EPS del trabajador, siempre que se hayan realizado los aportes a salud durante el periodo de gestación. El empleador paga inicialmente al trabajador y luego realiza el recobro ante la EPS.
¿Qué requisitos debe cumplir el trabajador para acceder al beneficio?
El padre debe estar afiliado y al día en sus aportes al Sistema de Seguridad Social en Salud. Además, debe presentar ante el empleador el registro civil de nacimiento (o acta de adopción) dentro de los 30 días siguientes al nacimiento o entrega del menor.
¿Qué establece la Ley 2114 de 2021 sobre la flexibilidad parental?
Esta ley amplió la licencia a dos semanas y creó dos nuevas modalidades: la Licencia Parental Compartida (distribuir las últimas 6 semanas de la licencia de maternidad) y la Licencia Parental Flexible (cambiar tiempo de licencia por trabajo de medio tiempo). Ambas requieren acuerdo mutuo y soporte médico.
¿Cuál es la responsabilidad del empleador en este trámite?
El empleador debe verificar el cumplimiento de requisitos, recibir la documentación y tramitar el recobro ante la EPS. En casos de licencias compartidas o flexibles, tiene un plazo máximo de 5 días hábiles para dar respuesta a la solicitud del trabajador una vez presentado el acuerdo y los certificados.
¿Se reconoce la licencia si el padre no cotizó todo el periodo de gestación?
Sí, pero de forma proporcional. Según la normativa vigente, la licencia será reconocida económicamente por la EPS de manera proporcional a las semanas cotizadas por el padre durante el periodo de gestación de la madre, garantizando así el derecho incluso ante cotizaciones incompletas.
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