

El Ministerio del Trabajo expidió el Manual Operativo del Incentivo a la Generación de Nuevos Empleos correspondiente al mes de junio de 2022, en el que fijó el cronograma y el proceso de postulación, la devolución y restitución del incentivo, el desistimiento de la postulación y otros procesos aplicables.
En relación con el cronograma de postulación, se determinaron las siguientes fechas:
Para la postulación deberá presentar: (i) Formulario de manifestación de intención y postulación como beneficiario del incentivo (Anexo 1 del Manual) dispuesto por la entidad financiera; (ii) Certificación de cumplimiento de requisitos (Anexo 2) firmado por el representante legal, la persona natural o el representante legal de la fiduciaria o el revisor fiscal cuando sea el caso; y (iii) Copia del Registro Único Tributario expedido dentro de los 6 meses previos a la postulación.
En cuanto a la devolución de los recursos, el Ministerio recordó que son causales de devolución las siguientes:
Con respecto a la restitución del incentivo estatal, el Manual recordó que los beneficiarios del aporte, que por alguna razón deban realizar una restitución de la suma recibida, deberán informar a la entidad financiera o cooperativa de ahorro a través de la cual adelantaron la postulación. Para tal fin, las entidades dispondrán de canales presenciales y no presenciales que permitan a las personas adelantar la restitución y a las entidades financieras validar la autorización del cliente. La restitución comprende dos situaciones:
Finalmente, en relación con el desistimiento de la postulación, se entenderá como tal el que realiza el postulante ante la entidad financiera o cooperativa de ahorro para el retiro de su solicitud como potencial beneficiario. El postulante deberá informar a la entidad financiera ante la cual realizó la postulación, utilizando los canales dispuestos por ésta.