Flash News – 2 de marzo de 2022: Las implicaciones de la prórroga de la emergencia sanitaria y la flexibilización del uso de tapabocas

Mar 2, 2022 | Noticias

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El pasado 23 de febrero de 2022 se expidió por parte del Ministerio de Salud la Resolución 304 de 2021, por medio de la cual se dio la prórroga de la emergencia sanitaria por el Covid-19 hasta el próximo 30 de abril de 2022.

¿Qué implicaciones tiene esta prórroga?

  1. Se extienden las medidas establecidas en el Decreto 488 de 2020, esto es: (i) La posibilidad de que el trabajador que haya presentado una diminución de su ingreso mensual, certificado por el empleador, pueda retirar cada mes de su cuenta de cesantías el monto que le permita compensar dicha reducción; (ii)El empleador podrá dar a conocer al trabajador, con al menos un (1) día de anticipación, la fecha a partir de la cual le concederá las vacaciones anticipadas, colectivas o acumuladas y el trabajador podrá solicitar, en el mismo plazo, que se le conceda el disfrute de éstas; (iii) Beneficios con el mecanismo de protección al cesante, siempre que la disponibilidad de los recursos aún lo permitan.
  1. Se extienden las medidas alternativas respecto de la jornada de trabajo establecidas en el Decreto 770 de 2021, esto es: (i) Se podrá definir de mutuo acuerdo la organización de turnos de trabajo sucesivos que permitan operar a la empresa sin solución de continuidad durante todos los días de la semana, siempre que el respectivo turno no exceda 8 horas al día y 36 horas a la semana; y (ii) La jornada ordinaria semanal de 48 horas podrá ser distribuida en 4 días a la semana, con una jornada diaria de máximo 12 horas, siempre y cuando medie mutuo acuerdo.
  1. Se extiende la ampliación de términos para atender los derechos de petición. En efecto, el artículo 5 del Decreto 491 de 2020 determinó que para las peticiones que se radiquen durante la Emergencia Sanitaria se ampliarán los términos señalados en el artículo 14 de la Ley 1437 de 2011, así: (i) Salvo norma especial, toda petición deberá resolverse dentro de los 30 días siguientes a su recepción; (ii) Las peticiones de documentos y de información deberán resolverse dentro de los 20 días siguientes a su recepción; y (iii) Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los 35 días siguientes a su recepción.

Esta ampliación aplica tanto para el sector público como el privado de conformidad con lo dispuesto por la Corte Constitucional en la sentencia C-242 de 2020.

  1. Se extiende la aplicación del trabajo en casa. El artículo 7 de la Ley 2088 de 2021, señaló que si persisten las circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales que impidieron que el trabajador pudiera realizar sus funciones en su lugar de trabajo, se extenderá la habilitación del trabajo en casa hasta que desaparezcan dichas condiciones. En ese sentido, debe tenerse en cuenta que precisamente la actual situación excepcional y especial -pandemia por el Covid-19. Ha estado sujeta a la declaratoria del estado de emergencia sanitaria. Además, el Decreto 1614 de 2021 determinó que durante el tiempo que dure la emergencia, las entidades del sector público y privado podrán establecer, entre otras, modalidades como el trabajo en casa.

¿Qué cambia en el uso de tapabocas?

El Ministerio de Salud y Protección Social mediante Boletín de Prensa No. 140 de 2022 anunció la actualización de las medidas de uso de tapabocas al aire libre en territorios con porcentaje mayor al 70% en esquemas completos de vacunación contra el Covid-19.

En ese orden, precisó que el presidente de la República anunció que en todas las poblaciones donde existe el 70% de cobertura con esquemas completos de vacunación se puede eliminar el uso de tapabocas en espacios abiertos.

Para los efectos, aclaró que el sistema de transporte público no opera como espacio público debido a la aglomeración y las condiciones de ventilación. Así mismo, señaló que esta medida podría volver eventualmente dependiendo de la progresión epidemiológica. El boletín puede ser consultado haciendo clic aquí.

A su vez, la alcaldía de Bogotá el 23 de febrero de 2022 publicó que se convertirá en la primera ciudad en eliminar el uso obligatorio de tapabocas en espacios abiertos, anunciando que “se espera que esta medida entre a regir el 1 de marzo, o antes”. En ese orden, se precisó que el 94,3% de la población mayor de 12 años de Bogotá ya tiene el esquema de vacunación completo. Este comunicado puede consultarse haciendo clic aquí.

En ese sentido, la eliminación del uso del tapabocas únicamente se permitirá en espacios abiertos siendo obligatorio el cumplimiento permanente de esta medida en lugares cerrados, tales como oficinas, así como se determinó en la reciente Resolución 350 del 1 de marzo de 2022 del Ministerio de Salud.